jueves, 19 de junio de 2008

El Arbitraje y Conciliación en la región.





Por: Iván Perez Solf
Director del Centro de Conciliación y Arbitraje - USAT

Una de las labores mas importantes de los abogados en general, es la búsqueda de la verdad de las distintas situaciones litigiosas presentadas a lo largo de los conflictos que conocemos; Esta búsqueda de la verdad es lo que esbozamos como justicia, a ello se avoca la necesidad legal y voluntaria de encontrar diversas formas de solucionar conflictos, entre ellas tenemos al proceso judicial y los distintos mecanismos alternativos de resolución de conflictos (MARC´s).

Dentro de estas formas tenemos a la Conciliación y al Arbitraje, ambas normadas mediante leyes nacionales para facilitar a las partes obtener un buen resultado del conflicto suscitado.

En la conciliación extra judicial que fuera promovida mediante Ley 26872 del año 1998 se busca incentivar la voluntad de las partes a fin de que por común acuerdo puedan resolver el conflicto con el apoyo de un tercero llamado conciliador, asimismo una de las finalidades propias de la ley es el interés nacional en contribuir con un cultura de paz, y modificar la idea de la cultura litigiosa implantada desde 1911; En ese sentido desde la incorporación de la audiencia de conciliación judicial en el código procesal civil de 1993, el legislador ha buscado cambiar esta idea, sin embargo ello no ha sido suficiente, por lo cual la política legislativa ha sido la de dar mayor difusión a los Sistemas Alternativos de Resolución de Conflictos (SARC´s), tal y como del informe de CERIAJUS se desprende, criterio que ha sido recogido por las principales universidades del país y el poder judicial, al comprender que la paz social solo se encontrará buscando la armonía de los conflictos de manera consensuada, dejando de lado la idea de los enfrentamientos litigiosos engorrosos, onerosos y lentos, casi inacabables y que al final de muchos de ellos no satisfacen ni siquiera a la parte vencedora, lo cual hace percibir la idea de injusticia en nuestros tribunales. Los tipos de conflictos que pueden ser solucionados mediante la Conciliación son: Convocatoria a Junta o asamblea, Desalojo, Disolución contractual (rescisión, resolución, mutuo discenso). División y Partición de bienes, Incumplimiento de contrato, Indemnización, Interdicto, Mejor derecho a la posesión, Obligaciones de dar, Hacer, No hacer, Obligación de dar suma de dinero (incluye pago de alquileres y otras deudas dinerarias), Otorgamiento de escritura publica, Rectificación de áreas, Reivindicación de propiedad, Retracto, Alimentos (fijación de pensión, aumento, reducción, extinción, prorrateo), Liquidación de sociedad de gananciales (en matrimonio o unión de hecho), Régimen de visitas, Tenencia de menor, Reparaciones Civiles, Despidos, beneficios Sociales, Remuneraciones, Problemas vecinales, etc. y todo tipo de problemas laborales y civiles en cuanto exista derechos disponibles; (No son conciliables los delitos y faltas).

Asimismo el Arbitraje es toda una institución de carácter mundial recogida en nuestra constitución en el Art. 139°, donde garantiza su ámbito jurisdiccional privado asimilándolo a un proceso judicial de carácter particular. Generalmente el arbitraje es solicitado por las empresas e instituciones internacionales quienes solicitan una pronta respuesta a la solución de sus conflictos evitando así el retraso y la demora que caracteriza al poder judicial. En la región existen actualmente cinco Centros de conciliación privados y uno del Ministerio de Justicia de ámbito público, por el lado del Arbitraje existe un centro de Arbitraje a nivel institucional perteneciente a la Cámara de comercio de Lambayeque.Por ello que la Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo dentro de sus principios humanistas y de desarrollo social ve la necesidad de aportar a la comunidad con la creación del Centro de Conciliación y Arbitraje, para encontrar una mejor solución de sus conflictos de manera alternativa rápida y eficiente siendo la primera en el norte a nivel Universitario, la cual servirá para poder facilitar el desarrollo de la región y proporcionar solución a los conflictos particulares y de las distintas empresas que existen y que han asentado su residencia en nuestra localidad.